El 5 de julio de 1811 el Congreso declara solemnemente la Independencia de Venezuela, «en el nombre de Dios Todopoderoso».
En el Acta se lee: «Nosotros, pues, a nombre y con la voluntad y la autoridad que tenemos del virtuoso pueblo de Venezuela, declaramos solemnemente al mundo que sus Provincias unidas son, y de hecho y de deben ser desde hoy, de derecho, Estados libres, soberanos e independientes y que están absueltos de toda sumisión y dependencia de la Corona de España o de los que se dicen o dijeren sus apoderados o representantes ...»
El Acta, elaborada por Juan Germán Roscio y Francisco Isnardi, fue aprobada el día 7 por todos los diputados, con la sola excepción del padre Manuel Vicente Maya, diputado por La Grita. Poco a poco la fueron firmando los representantes, hasta que el 18 de agosto estamparon las últimas firmas.
Es por esto que al referirse a la efeméride del 5 de julio no debe decirse «día de la firma del Acta de Independencia», porque no es verdad. Lo correcto es: 5 DE JULIO. DECLARACION DE LA INDEPENDENCIA.
DECRETO DEL SUPREMO PODER EJECUTIVO
Palacio Federal de Caracas, 8 de julio de 1811. Por la Confederación de Venezuela, el Poder Ejecutivo ordena que el Acta antecedente sea publicada, ejecutada y autorizada con el sello del Estado y Confederación.
Cristóbal de Mendoza, Presidente en turno; Juan de Escalona; Baltasar Padrón; Miguel José Sanz, Secretario de Estado; Carlos Machado, Canciller Mayor; José Tomás Santana, Secretario de Decretos.
(Texto publicado en la Gaceta de Caracas, Nº 41, del martes 16 de julio de 1811).
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